Sigo pensando que esta sentencia ha sido un mazazo para los de fijezaYA porque el TS en ningún momento les reconoce la pretensión de fijeza, sino la figura del indefinido no fijo, es decir, que las vacantes tienen necesariamente que cubrirse por los procesos legalmente establecidos (concursos de traslados o específicos, promo interna o turno libre) e incluso amortizarse y en esos casos el interino es cesado con la indemnización, en su caso, de 20 días por año de trabajo.
No es lo mismo que un indefinido a extinguir que es otra figura que ellos pretendían que supone una fijeza encubierta pues sus vacantes no podian salir a OEP mientras estuvieran ocupandolas ellos y hasta que se jubilen. Así que no han conseguido nada más que el derecho a ser indemnizados en caso de cese, poco más, lo cual me parece bien.
Si fuera una victoria realmente para ellos estarían celebrándolo por todo lo alto, las redes sociales, los mismos abogados suyos, los sindicatos...estarían sacando comunicados y dándose golpes de pecho. Y yo la verdad es que los veo muy callados...