11. Las Comisiones Bilaterales de Cooperación:
1. Corresponde al Ministro que presida la Conferencia Sectorial acordar la convocatoria de las reuniones por iniciativa propia:
14. Cuando la proximidad territorial o la concurrencia de funciones administrativas así lo requiera, podrán crearse Comisiones Territoriales de Coordinación, de composición multilateral, entre Administraciones cuyos territorios sean coincidentes o limítrofes, para:
23. El Título III de la Ley 40/2015 tiene:
17. Respecto a las transmisiones de datos entre Administraciones Públicas:
7. La Comisión Sectorial es el órgano de trabajo y apoyo de carácter general de la Conferencia Sectorial estando constituida por:
21. Respecto a la Transferencia de tecnología entre Administraciones no es correcto:
3. Cada Conferencia Sectorial tendrá:
9. Las Conferencias Sectoriales podrán crear Grupos de trabajo (señala la incorrecta):
13. Respecto a las Comisiones Bilaterales de Cooperación:
16. Las decisiones adoptadas por las Comisiones Territoriales de Cooperación revestirán la forma de:
20. No es correcto respecto a la reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la Administración:
6. Respecto a las decisiones de la Conferencia Sectorial:
10. El director del Grupo de trabajo, que será un representante de la Administración General del Estado, podrá solicitar la participación en el mismo de las organizaciones representativas de intereses afectados, con el fin de recabar propuestas o formular consultas:
15. En función de las Administraciones afectadas por razón de la materia, estas Comisiones podrán estar formadas por (señala la incorrecta):