18. Cuando la suspensión provisional se produzca como consecuencia de expediente disciplinario:
14. El procedimiento disciplinario se ajustará, en todos los servicios de salud, a los principios de:
13. No será preceptiva la previa instrucción del procedimiento:
10. El plazo de prescripción de las sanciones se interrumpirá cuando se inicie, con conocimiento del interesado, el procedimiento de ejecución de la sanción impuesta y volverá a correr de nuevo si el procedimiento se paraliza durante:
9. El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse:
21. Procederá la declaración de la suspensión provisional, sin derecho a la percepción de retribuciones, con motivo de la tramitación de un procedimiento judicial y durante el tiempo que se extienda la prisión provisional u otras medidas decretadas por el juez, siempre que determinen la imposibilidad de desempeñar las funciones derivadas del nombramiento durante:
15. El procedimiento disciplinario deberá garantizar al interesado los siguientes derechos:
20. Se podrá acordar la suspensión provisional, como medida cautelar, cuando se hubiera dictado auto de procesamiento o de apertura de juicio oral conforme a las normas procesales penales, cualquiera que sea la causa del mismo En este caso, la duración de la suspensión provisional se extenderá, como máximo:
12. No podrá imponerse sino mediante el procedimiento establecido en la correspondiente Administración pública sanción por la comisión de faltas:
22. El Capítulo XII de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se denomina:
2. El interesado no perderá su destino si la suspensión no supera:
6. Las comunidades autónomas:
11. Respecto a las sanciones disciplinarias:
4. El apercibimiento:
1. La suspensión de funciones cuando se imponga por faltas graves: