9. Los servicios que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos:
4. El contrato de concesión de servicios es aquel en cuya virtud uno o varios poderes adjudicadores encomiendan:
1. Por «obra» se entenderá:
3. En la concesión de obras la contraprestación a favor del concesionario consiste:
12. Están sujetos a regulación armonizada los contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a:
10. El contrato mixto:
21. Serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo las cuestiones las relativas a:
19. Tendrán la consideración de contratos privados:
11. Para la determinación de las normas que regirán la adjudicación de los contratos mixtos, cuando un contrato mixto comprenda prestaciones propias de dos o más contratos de obras, suministros o servicios se atenderá a:
18. Los contratos administrativos se regirán, en cuanto a su:
22. De las cuestiones referidas a efectos y extinción de los contratos que celebren las entidades del sector público que no tengan el carácter de poderes adjudicadores será el competente para resolver:
15. Cuando se trate de contratos que tengan por objeto los servicios sociales estarán sujetos a regulación armonizada los contratos de servicios cuyo valor estimado sea igual o superior a:
17. Aquellos contratos cuyo objeto sea la suscripción a revistas, publicaciones periódicas y bases de datos:
14. Cuando los contratos hayan de adjudicarse por entidades del sector público distintas a la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos o las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social estarán sujetos a regulación armonizada los contratos de suministro cuyo valor estimado sea igual o superior a:
20. Serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo las cuestiones relativas a: