Ley 9/2017 Test 1 Libro Primero Título II Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
8. Respecto al perfil del contratante, la publicación de la información relativa a los contratos menores deberá realizarse al menos:
2. El responsable del contrato:
20. Los requisitos mínimos de solvencia que deba reunir el empresario y la documentación requerida para acreditar los mismos:
9. Solo podrán contratar con el sector público:
17. El procedimiento para la declaración de la prohibición de contratar no podrá iniciarse si hubiesen transcurrido desde la firmeza de la resolución sancionadora con carácter firme por infracción grave en materia profesional:
12. Tendrán capacidad para contratar con el sector público, en todo caso:
10. Para contratar con el sector público es necesario:
15. La duración de las uniones temporales de empresarios:
16. No podrán contratar con las entidades previstas en el artículo 3 de la presente Ley las personas que:
6. Deberán ser objeto de publicación en el perfil de contratante (señala la incorrecta):
19. Para celebrar contratos con el sector público los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinen por:
5. Para el acceso a la información del perfil de contratante:
3. Se define como elemento que agrupa la información y documentos relativos a su actividad contractual al objeto de asegurar la transparencia y el acceso público a los mismos:
1. La representación de las entidades del sector público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre en virtud de:
4. Los órganos de contratación difundirán su perfil de contratante:
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