9. Respecto a las garantías definitivas admisibles no es correcto:
15. La garantía definitiva responderá de:
12. Cuando, como consecuencia de una modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, deberá reajustarse la garantía, para que guarde la debida proporción con el nuevo precio modificado, en el plazo de:
13. Cuando la garantía definitiva se hubiere constituido mediante contrato de seguro de caución y la duración del contrato excediera los 5 años, el contratista podrá presentar como garantía definitiva un contrato de seguro de caución de plazo inferior al de duración del contrato, estando obligado en este caso, con una antelación:
19. Para hacer efectivas las garantías, tanto provisionales como definitivas:
17. Se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías una vez depuradas las responsabilidades, cuando haya vencido el plazo de garantía, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista y haya:
8. Las garantías definitivas exigidas en los contratos celebrados con las Administraciones Públicas podrán prestarse en:
1. En el procedimiento de contratación:
6. En casos especiales, el órgano de contratación podrá establecer en el pliego de cláusulas administrativas particulares que, además de la garantía definitiva, se preste una complementaria de:
14. La garantía definitiva únicamente responderá:
21. En los contratos que celebren las entidades del sector público que no tengan la consideración de Administraciones Públicas, los órganos de contratación:
11. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al contratista, este deberá reponer o ampliar aquella, en la cuantía que corresponda:
18. Respecto al régimen de las garantías prestadas por terceros:
16. La garantía no será devuelta hasta que:
20. Cuando la garantía no sea bastante para cubrir las responsabilidades a las que está afecta, la Administración procederá al cobro de la diferencia mediante el procedimiento administrativo de: