Ley 9/2017 Test 12 Libro Segundo Título I Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
2. Respecto a los pagos a subcontratistas y suministradores, en caso de demora en el pago, el subcontratista o el suministrador tendrá derecho a:
13. El sistema dinámico de adquisición es un proceso:
11. Los precios unitarios resultantes de la modificación del acuerdo marco no podrán superar en un:
4. Para racionalizar y ordenar la adjudicación de contratos las Administraciones Públicas podrán:
20. Los órganos de contratación informarán a la empresa que solicitó adherirse al sistema dinámico de adquisición de si ha sido admitida o no:
10. Podrán ser modificados de acuerdo con las reglas generales de modificación de los contratos:
17. Respecto a la implementación de los sistemas dinámicos de adquisición la participación en el sistema:
14. Los órganos de contratación podrán articular el sistema dinámico de adquisición en categorías definidas objetivamente de:
5. Con el fin de fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos que pretendan adjudicar durante un período determinado, uno o varios órganos de contratación del sector público podrán celebrar con una o varias empresas:
7. La duración de los contratos basados en un acuerdo marco:
12. Los órganos de contratación podrán articular sistemas dinámicos de adquisición de obras, servicios y suministros de uso corriente cuyas características, generalmente disponibles en el mercado, satisfagan sus necesidades, siempre que el recurso a estos instrumentos no se efectúe de forma que la competencia se vea:
1. Respecto a los pagos a subcontratistas y suministradores, la aceptación deberá efectuarse en un plazo máximo desde la entrega de los bienes o la prestación del servicio de:
8. Los contratos basados en un acuerdo marco:
16. Con carácter previo a la adjudicación, en el marco de un sistema dinámico de adquisición, de contratos específicos, los órganos de contratación deberán (señala la incorrecta):
15. Con las especialidades que se establecen en la Sección "Sistemas dinámicos de adquisición" para contratar en el marco de un sistema dinámico de adquisición los órganos de contratación seguirán las normas de:
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