5. Las modificaciones del contrato de obras que se acuerden de conformidad con lo establecido en el artículo 206:
19. Si la obra se arruina o sufre deterioros graves incompatibles con su función con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá este de los daños y perjuicios que se produzcan o se manifiesten durante un plazo de:
16. Respecto al cumplimiento de las obras, el plazo de garantía se establecerá en el pliego de cláusulas administrativas particulares atendiendo a la naturaleza y complejidad de la obra y no podrá ser inferior a:
3. Cuando la naturaleza de la obra lo permita, se podrá establecer el sistema de retribución a tanto alzado:
6. El contratista no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna en caso de que la modificación del contrato de obras suponga:
8. En caso de modificación del contrato de obras cuando el contratista no aceptase los precios fijados, el órgano de contratación podrá:
14. Si se encuentran las obras en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas:
10. Cuando la tramitación de una modificación exija la suspensión temporal total de la ejecución de las obras y ello ocasione graves perjuicios para el interés público, se podrá acordar que continúen provisionalmente las mismas siempre que exista crédito adecuado y suficiente para su financiación y el importe máximo previsto no supere:
2. A los efectos del pago, la Administración expedirá mensualmente:
11. Respecto a la modificación del contrato de obras en el plazo de:
15. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas (señala la incorrecta):
13. El órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas dentro del plazo de:
4. La contratación de obras a tanto alzado con precio cerrado requerirá que se cumpla:
7. Cuando las modificaciones del contrato de obras supongan la introducción de unidades de obra no previstas en el proyecto o cuyas características difieran de las fijadas en este, y no sea necesario realizar una nueva licitación, los precios aplicables a las mismas serán fijados por:
20. Las acciones para exigir la responsabilidad por daños materiales dimanantes de los vicios o defectos, prescribirán a contar desde que se produzcan o se manifiesten dichos daños en el plazo de: