17. Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y con los efectos señalados en esta Ley, el órgano de contratación o, en su caso, el órgano que se determine en la legislación específica, ostentará las siguientes prerrogativas y derechos en relación con los contratos de concesión de obras (señala la incorrecta):
12. Sin perjuicio de lo que, a este respecto, se establezca en la legislación sectorial correspondiente, el concesionario:
7. Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:
11. En ausencia de agentes de la autoridad podrá adoptar las medidas necesarias en orden a la utilización de las obras, formulando, en su caso, las denuncias pertinentes:
20. El acuerdo de secuestro o intervención de la concesión del órgano de contratación será notificado al concesionario y si este:
10. El concesionario deberá cuidar de la adecuada aplicación de las normas sobre:
14. Atendiendo a su finalidad, las obras podrán incluir, además de las superficies que sean precisas según su naturaleza, otras zonas o terrenos para la ejecución de actividades:
13. La Administración podrá incluir en los pliegos de condiciones mecanismos para (señala la incorrecta):
9. Serán obligaciones generales del concesionario:
18. Podrá acordar, cuando el interés público lo exija y si concurren las circunstancias previstas en esta Ley, la modificación de las obras, así como su ampliación, procediéndose, en su caso, a la revisión del plan económico-financiero al objeto de acomodarlo a las nuevas circunstancias:
16. Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y con los efectos señalados en esta Ley, el órgano de contratación o, en su caso, el órgano que se determine en la legislación específica, ostentará las siguientes prerrogativas y derechos en relación con los contratos de concesión de obras (señala la incorrecta):
15. Respecto a las zonas complementarias de explotación comercial quedarán sujetos al principio de unidad de gestión y control de la Administración Pública concedente y:
6. Los concesionarios tendrán los siguientes derechos (señala la incorrecta):
19. El órgano de contratación, previa audiencia del concesionario, podrá acordar el secuestro o intervención de la concesión en los casos en que el concesionario:
5. El levantamiento y contenido del acta de comprobación se ajustarán a lo dispuesto en: