14. La Administración podrá también imponer al concesionario multas coercitivas cuando persista en el incumplimiento de sus obligaciones. A falta de determinación por la legislación específica, el importe diario de la multa será de:
9. Respecto a las penalidades de carácter económico por incumplimiento del concesionario, el límite máximo a imponer:
1. Efectuado el secuestro o intervención, corresponderá al órgano de contratación la explotación directa de la obra pública y la percepción de la contraprestación establecida:
10. Respecto a las penalidades de carácter económico por incumplimiento del concesionario, si la concesión estuviera en fase de explotación, el límite máximo de las penalidades anuales:
6. Establecerán un catálogo de incumplimientos de las obligaciones del concesionario:
18. El concesionario tendrá derecho a percibir de los usuarios o de la Administración una retribución por la utilización de las obras en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares y de conformidad con lo establecido en este artículo, que se denominará:
3. La explotación de la obra objeto de secuestro o intervención se efectuará por cuenta y riesgo de:
15. Las obras objeto de concesión serán financiadas:
12. Los incumplimientos graves que pueden dar lugar al secuestro temporal de la concesión se establecerán:
5. El órgano de contratación acordará de oficio o a petición del concesionario el cese del secuestro o intervención cuando:
17. Todas las aportaciones públicas han de estar previstas en el pliego de condiciones determinándose su cuantía en el procedimiento de adjudicación y:
4. El secuestro o intervención de la concesión tendrá carácter temporal y su duración será la que determine el órgano de contratación sin que pueda exceder:
2. Efectuado el secuestro o intervención, el órgano de contratación designará:
19. Las tarifas que abonen los usuarios por la utilización de las obras serán fijadas por:
11. Respecto a las penalidades por incumplimiento del concesionario, darán lugar, además, a la resolución de la concesión en los casos previstos en el correspondiente pliego: