5. Respecto a los Registros Oficiales de Licitadores y Empresas Clasificadas los interesados:
10. El Ministerio de Hacienda y Función Pública mantendrá un Registro de Contratos, en el que se inscribirán:
6. Los empresarios inscritos en los registros de licitadores y empresas clasificadas están obligados a poner en conocimiento del registro:
18. Los órganos de contratación de las Administraciones locales:
13. Los poderes adjudicadores comunicarán al Registro de Contratos del Sector Público, para su inscripción, los datos básicos de los contratos por ellos adjudicados, entre los que figurará:
2. En el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público se harán constarlos datos relativos a las clasificaciones otorgadas a los empresarios por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado:
8. El Registro de licitadores y empresas clasificadas:
7. El órgano competente de la llevanza del Registro de licitadores y empresas clasificadas procederá a la rectificación de oficio de los datos inscritos cuando se verifique que los datos de un asiento son:
16. La Dirección General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda y Función Pública pondrá a disposición de:
3. En el Registro podrán constar, cuando así lo solicite el interesado, los siguientes datos y circunstancias relativas a los empresarios (señala la incorrecta):
9. El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público:
11. Constituye el sistema oficial central de información sobre la contratación pública en España:
1. Tiene por objeto la inscripción de los datos y circunstancias que resulten relevantes para acreditar las condiciones de aptitud de los empresarios para contratar con las Administraciones Públicas y demás organismos y entidades del sector público, incluidas las facultades de sus representantes y apoderados, así como la acreditación de todo ello ante cualquier órgano de contratación del sector público:
4. Las Comunidades Autónomas:
12. La información sobre la contratación pública deberá estar sistematizada siguiendo formatos y estándares abiertos adoptados: