9. Las circulares de la Agencia Española de Protección de Datos:
3. Cuando fuese necesario el acceso por el personal que desarrolla la actividad de investigación al domicilio constitucionalmente protegido del inspeccionado, será preciso:
5. Podrá acordar la realización de planes de auditoría preventiva, referidos a los tratamientos de un sector concreto de actividad:
16. Si la autoridad autonómica no atendiere en plazo el requerimiento o las medidas adoptadas no supusiesen la cesación en el tratamiento ilícito, la Agencia Española de Protección de Datos podrá ejercer las acciones que procedan ante:
10. La titularidad y el ejercicio de las funciones relacionadas con la acción exterior del Estado en materia de protección de datos corresponde a:
2. Quienes desarrollen la actividad de investigación:
17. Todas las comunicaciones entre el Comité Europeo de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos cuando éstas, como autoridades competentes, deban someter su proyecto de decisión al citado comité o le soliciten el examen de un asunto en virtud de lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 64 del Reglamento (UE) 2016/679:
14. La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos podrán solicitar y deberán intercambiarse mutuamente la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones y, en particular, la relativa a:
7. Las directrices que pueda dictar la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos:
1. Estarán obligados a proporcionar a la Agencia Española de Protección de Datos los datos, informes, antecedentes y justificantes necesarios para llevar a cabo su actividad de investigación:
12. La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos para contribuir a la aplicación coherente del Reglamento (UE) 2016/679 y de la presente ley orgánica convocará a las autoridades autonómicas de protección de datos:
13. Respecto a la cooperación institucional, en todo caso, se celebrarán:
15. Cuando la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos considere que un tratamiento llevado a cabo en materias que fueran competencia de las autoridades autonómicas de protección de datos vulnera el Reglamento (UE) 2016/679 podrá requerirlas a que adopten, en el plazo de:
11. Las autoridades autonómicas de protección de datos personales podrán ejercer, las funciones y potestades establecidas en los artículos 57 y 58 del Reglamento (UE) 2016/679, de acuerdo con la normativa autonómica, cuando se refieran a:
4. Cuando se trate de órganos judiciales u oficinas judiciales el ejercicio de las facultades de inspección se efectuará a través y por mediación de: