4. La finalidad del contrato de Profesores asociados será la de:
14. Exigirá la previa obtención de una acreditación nacional que, valorando los méritos y competencias de los aspirantes, garantice la calidad en la selección del profesorado funcionario, el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios:
19. Respecto al personal de los cuerpos de funcionarios docentes universitarios que ocupen una plaza vinculada a los servicios asistenciales de instituciones sanitarias, dicha plaza se considerará:
9. El contrato de Profesoras y Profesores Visitantes carácter temporal será:
12. Respecto al personal docente e investigador contratado, las Comunidades Autónomas podrán establecer retribuciones adicionales ligadas a méritos individuales por el ejercicio de las siguientes funciones:
18. Los funcionarios del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad podrán presentar una solicitud para obtener la acreditación para:
17. Quienes posean el título de Doctor podrán presentar una solicitud para obtener la acreditación para:
6. La duración del contrato de Profesores asociados será:
8. La finalidad del contrato de Profesoras y Profesores Visitantes será la de:
11. Regulará/n el régimen retributivo del personal docente e investigador contratado en las Universidades públicas:
13. El profesorado universitario funcionario pertenecerá a los cuerpos docentes de:
5. El contrato de Profesores asociados será:
10. Las universidades, de acuerdo con sus estatutos, podrán nombrar a Profesores Eméritos entre:
3. El contrato de Profesores asociados se podrá celebrar con:
16. La acreditación que garantice la calidad en la selección del profesorado funcionario será llevada a cabo mediante el examen y juicio sobre la documentación presentada por los solicitantes, por comisiones compuestas por al menos: