16. El contrato formativo:
20. Las empresas que pretendan suscribir contratos formativos, podrán solicitar por escrito al servicio público de empleo competente, información relativa a si las personas a las que pretenden contratar:
1. El empresario deberá informar por escrito al trabajador, en los términos y plazos que se establezcan reglamentariamente, sobre los elementos esenciales del contrato y las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral, siempre que tales elementos y condiciones no figuren en el contrato de trabajo formalizado por escrito:
8. En el contrato de formación en alternancia la persona contratada contará con:
13. El contrato de trabajo para la obtención de práctica profesional deberá concertarse dentro de los:
14. La duración del contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios no podrá ser inferior a:
18. Los contratos formativos celebrados en fraude de ley o aquellos respecto de los cuales la empresa incumpla sus obligaciones formativas se entenderán concertados como:
2. Si resultase nula solo una parte del contrato de trabajo:
5. Es correcto respecto al trabajo en común y contrato de grupo:
4. En caso de que el contrato resultase nulo, el trabajador:
19. Reglamentariamente se establecerán, previa consulta con las administraciones competentes en la formación objeto de realización mediante contratos formativos, los requisitos que deben cumplirse para la celebración de los mismos, tales como:
11. Las personas contratadas con contrato de formación en alternancia no podrán realizar:
6. Tendrá por objeto la formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena o el desempeño de una actividad laboral destinada a adquirir una práctica profesional adecuada a los correspondientes niveles de estudios:
10. No se podrán celebrar contratos formativos en alternancia cuando la actividad o puesto de trabajo correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por la persona trabajadora en la misma empresa bajo cualquier modalidad por tiempo superior a:
3. Si el trabajador tuviera asignadas condiciones o retribuciones especiales en virtud de contraprestaciones establecidas en la parte no válida del contrato, el órgano de la jurisdicción social que a instancia de parte declare la nulidad hará el debido pronunciamiento sobre: