11. Los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de las empresas en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezcan en:
8. Cuando el despido sea declarado improcedente:
1. El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador haciendo figurar:
12. La valoración de las faltas y las correspondientes sanciones impuestas por la dirección de la empresa serán:
2. El despido será calificado como (señala la incorrecta):
17. Las infracciones cometidas por el empresario prescribirán conforme a lo establecido en:
16. El ejercicio de la acción contra el despido o resolución de contratos temporales caducará a:
9. Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización en el plazo de:
18. Respecto a los trabajadores, a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión, las faltas leves prescribirán en el plazo de:
6. El despido nulo tendrá el efecto de:
5. El despido que se produzca con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador será:
10. Cuando el despido se haya declarado improcedente, en el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o la indemnización:
14. No se podrán imponer sanciones que consistan en:
7. El despido procedente convalidará la extinción del contrato de trabajo que con aquel se produjo:
13. Requerirá comunicación escrita al trabajador, haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan: