3. Cuando de la instrucción de un procedimiento disciplinario resulte la existencia de indicios fundados de criminalidad, se suspenderá su tramitación poniéndolo en conocimiento de:
4. Las faltas disciplinarias pueden ser:
13. La suspensión provisional como medida cautelar en la tramitación de un expediente disciplinario, salvo en caso de paralización del procedimiento imputable al interesado, no podrá exceder de:
5. Es falta muy grave:
15. El funcionario suspenso provisional tendrá derecho a percibir durante la suspensión:
9. El plazo de prescripción de las sanciones comenzará a contarse desde:
10. No podrá imponerse sanción por la comisión de:
8. Las sanciones impuestas por faltas leves prescribirán:
14. Respecto a la suspensión provisional:
1. Incurrirán en responsabilidad los funcionarios públicos o personal laboral que encubrieren:
20. A la Comisión de Coordinación del Empleo Público le corresponde:
12. Respecto al procedimiento disciplinario:
6. Las faltas graves serán establecidas por ley de las Cortes Generales o de la asamblea legislativa de la correspondiente comunidad autónoma o por los convenios colectivos en el caso de personal laboral, atendiendo a las siguientes circunstancias (señala la incorrecta):
7. Las infracciones graves prescribirán:
2. La potestad disciplinaria se ejercerá de acuerdo con los siguientes principios (señala la incorrecta):