Ley 55/2003 Test 1 Capítulo XII Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud
21. El plazo de prescripción de las faltas comenzará a contarse desde que la falta se hubiera cometido y se interrumpirá desde la notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento disciplinario, volviendo a correr de nuevo si éste estuviera paralizado:
20. Las faltas muy graves prescribirán:
17. La utilización de los locales, instalaciones o equipamiento de las instituciones, centros o servicios de salud para la realización de actividades o funciones ajenas a dichos servicios:
7. Es una falta muy grave:
13. El incumplimiento de los plazos u otras disposiciones de procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no suponga el mantenimiento de una situación de incompatibilidad:
6. Es una falta grave:
19. Podrán establecer otras faltas además de las tipificadas en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud:
11. El notorio incumplimiento de sus funciones o de las normas reguladoras del funcionamiento de los servicios:
25. La suspensión de funciones cuando se imponga por faltas muy graves:
3. Cuando de la instrucción de un expediente disciplinario resulte la existencia de indicios fundados de criminalidad, se suspenderá su tramitación poniéndolo en conocimiento del:
24. La sanción de traslado forzoso con cambio de localidad, sin derecho a indemnización y con prohibición temporal de participar en procedimientos de movilidad para reincorporarse a la localidad de procedencia hasta:
10. El abandono del servicio:
1. No es correcto respecto al régimen disciplinario:
5. No es correcto respecto a la potestad disciplinaria:
16. El acoso sexual, cuando el sujeto activo del acoso cree con su conducta un entorno laboral intimidatorio, hostil o humillante para la persona que es objeto del mismo:
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