4. La contratación de obras a tanto alzado con precio cerrado requerirá que se cumpla:
10. Cuando la tramitación de una modificación exija la suspensión temporal total de la ejecución de las obras y ello ocasione graves perjuicios para el interés público, se podrá acordar que continúen provisionalmente las mismas siempre que exista crédito adecuado y suficiente para su financiación y el importe máximo previsto no supere:
13. El órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas dentro del plazo de:
14. Si se encuentran las obras en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas:
20. Las acciones para exigir la responsabilidad por daños materiales dimanantes de los vicios o defectos, prescribirán a contar desde que se produzcan o se manifiesten dichos daños en el plazo de:
19. Si la obra se arruina o sufre deterioros graves incompatibles con su función con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá este de los daños y perjuicios que se produzcan o se manifiesten durante un plazo de:
8. En caso de modificación del contrato de obras cuando el contratista no aceptase los precios fijados, el órgano de contratación podrá:
7. Cuando las modificaciones del contrato de obras supongan la introducción de unidades de obra no previstas en el proyecto o cuyas características difieran de las fijadas en este, y no sea necesario realizar una nueva licitación, los precios aplicables a las mismas serán fijados por:
15. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas (señala la incorrecta):
2. A los efectos del pago, la Administración expedirá mensualmente:
5. Las modificaciones del contrato de obras que se acuerden de conformidad con lo establecido en el artículo 206:
6. El contratista no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna en caso de que la modificación del contrato de obras suponga:
1. Tendrán la consideración de casos de fuerza mayor:
18. Respecto al cumplimiento del contrato de obras, el director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras antes de finalizar el plazo de garantía. Si este fuera favorable, el contratista quedará exonerado de toda responsabilidad, salvo vicios ocultos, procediéndose:
11. Respecto a la modificación del contrato de obras en el plazo de: