Pregunta 1 de 15

7. El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de:

Pregunta 2 de 15

13. Respecto al acoso sexual y acoso por razón de sexo es correcto:

Pregunta 3 de 15

3. Esta Ley tiene por objeto la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas:

Pregunta 4 de 15

10. Una diferencia de trato basada en una característica relacionada con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a cabo, dicha característica constituya un requisito profesional esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea legítimo y el requisito proporcionado:

Pregunta 5 de 15

16. Los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán:

Pregunta 6 de 15

8. La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres:

Pregunta 7 de 15

20. Respecto a los procesos que versen sobre la defensa de la tutela judicial efectiva corresponde a las personas físicas y jurídicas con interés legítimo, la capacidad y legitimación para intervenir en los procesos:

Pregunta 8 de 15

9. El principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, aplicable en el ámbito del empleo privado y en el del empleo público, se garantizará, en los términos previstos en la normativa aplicable (señala la incorrecta):

Pregunta 9 de 15

11. Se considera discriminación directa por razón de sexo la situación en que se encuentra una persona que:

Pregunta 10 de 15

5. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece que gozarán de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de la prohibición de discriminación por razón de sexo:

Pregunta 11 de 15

4. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:

Pregunta 12 de 15

1. El artículo 1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres dice:

Pregunta 13 de 15

18. Con el fin de hacer efectivo el derecho constitucional de la igualdad, los Poderes Públicos adoptarán medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres. Tales medidas, que serán aplicables:

Pregunta 14 de 15

22. Salvo en los procesos penales, en aquellos procedimientos en los que las alegaciones de la parte actora se fundamenten en actuaciones discriminatorias, por razón de sexo, corresponderá probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas y su proporcionalidad a:

Pregunta 15 de 15

15. También se considerará discriminación por razón de sexo cualquier trato adverso o efecto negativo que se produzca en una persona como consecuencia de: