11. Establecerán los órganos de gobierno y representación de las universidades privadas, así como los procedimientos para su designación y remoción, asegurando en dichos órganos, mediante una participación adecuada, la representación de los diferentes sectores de la comunidad universitaria de forma que propicie la presencia equilibrada entre mujeres y hombres:
12. En todo caso, las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas deberán garantizar que las decisiones de naturaleza estrictamente académica se adopten por órganos en los que:
7. Ostentan la representación del Departamento y ejercen las funciones de dirección y gestión ordinaria:
6. Los Decanos y Decanas de Facultad y Directores y Directoras de Escuela serán elegidos, en los términos establecidos por los estatutos, entre:
5. Ostentan la representación de las Facultades y Escuelas y ejercen las funciones de dirección y gestión ordinaria de éstas:
8. Los Directores y Directoras de Departamento serán elegidos por:
2. El Gerente será:
3. El Gerente será propuesto y nombrado atendiendo a criterios de:
4. El Gerente:
10. Los Directores de Institutos Universitarios de Investigación serán designados entre:
13. Las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas deberán garantizar que:
1. Le corresponde la gestión de los servicios administrativos y económicos de la universidad:
9. Ostentan la representación de los Institutos Universitarios de Investigación y ejercen las funciones de dirección y gestión ordinaria de los mismos: