6. La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo funcionará:
11. Le corresponde la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales a:
20. Prestará, de acuerdo con las Administraciones competentes, apoyo técnico especializado en materia de certificación, ensayo y acreditación:
14. La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo adoptará sus acuerdos por:
13. En relación con las Instituciones de la Unión Europea actuará como centro de referencia nacional, garantizando la coordinación y transmisión de la información que deberá facilitar a escala nacional, en particular respecto a la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo y su Red:
1. Es el órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene como misión el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas:
9. No es una función del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo:
12. Los requisitos mínimos que deben reunir las condiciones de trabajo para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores:
7. El instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo:
10. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales tiene por objeto:
17. Es función de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social:
18. Ejercerá la Secretaría General de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, prestándole la asistencia técnica y científica necesaria para el desarrollo de sus competencias:
3. Es el órgano colegiado asesor de las Administraciones públicas en la formulación de las políticas de prevención y órgano de participación institucional en materia de seguridad y salud en el trabajo:
15. La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo contará con:
2. Corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social: