17. El trabajador en excedencia voluntaria tendrá derecho a:
18. El empresario podrá suspender el contrato de trabajo por causas:
19. Respecto a la suspensión del contrato, se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante:
15. Los trabajadores tendrán derecho a un periodo de excedencia para atender al cuidado de cada hijo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa:
20. El procedimiento de suspensión del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor, se iniciará mediante comunicación a la autoridad laboral competente y la apertura simultánea de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores de duración:
3. Respecto a la sucesión de empresa, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de Seguridad Social, el cedente y el cesionario, en las transmisiones que tengan lugar por actos inter vivos, responderán:
2. Se considerará que existe sucesión de empresa cuando la transmisión afecte a:
10. Se concederá por la designación o elección para un cargo público que imposibilite la asistencia al trabajo:
4. El cedente y el cesionario responderán solidariamente de las obligaciones nacidas con posterioridad a la transmisión:
8. El contrato de trabajo podrá suspenderse por las siguientes causas: (señala la incorrecta)
6. El contrato de trabajo podrá suspenderse por las siguientes causas (señala la incorrecta):
16. Salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida:
7. El contrato de trabajo podrá suspenderse por las siguientes causas (señala la incorrecta):
1. No extinguirá por sí mismo la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior:
9. La excedencia: