18. Respecto a los trabajadores, a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión, las faltas leves prescribirán en el plazo de:
9. Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización en el plazo de:
15. Las acciones derivadas del contrato de trabajo que no tengan señalado plazo especial prescribirán:
7. El despido procedente convalidará la extinción del contrato de trabajo que con aquel se produjo:
14. No se podrán imponer sanciones que consistan en:
17. Las infracciones cometidas por el empresario prescribirán conforme a lo establecido en:
12. La valoración de las faltas y las correspondientes sanciones impuestas por la dirección de la empresa serán:
13. Requerirá comunicación escrita al trabajador, haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan:
1. El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador haciendo figurar:
11. Los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de las empresas en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezcan en:
4. Cuando quede acreditado el incumplimiento alegado por el empresario en su escrito de comunicación el despido será:
6. El despido nulo tendrá el efecto de:
16. El ejercicio de la acción contra el despido o resolución de contratos temporales caducará a:
5. El despido que se produzca con violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador será:
3. El despido durante los periodos de suspensión del contrato de trabajo por maternidad, paternidad o acogimiento será: