1. Serán elegibles los trabajadores que tengan:
6. En las empresas de más de 50 trabajadores, el censo de electores y elegibles se distribuirá en:
7. En las elecciones a miembros del comité de empresa la elección:
15. Entre la constitución de la mesa y la fecha de las elecciones no mediarán más de:
19. Las impugnaciones en materia electoral:
16. Actuará de secretario de la mesa:
8. La renuncia de cualquier candidato presentado en algunas de las listas para las elecciones antes de la fecha de la votación no implicará la suspensión del proceso electoral ni la anulación de dicha candidatura:
9. En las elecciones a miembros del comité de empresa la elección (señala la incorrecta):
13. La mesa estará formada por:
4. En la elección para delegados de personal, cada elector podrá dar su voto a un número máximo de aspirantes equivalente a:
20. Salvo lo previsto en el último párrafo del artículo 74.2, la impugnación de actos de la mesa electoral requerirá haber efectuado reclamación:
14. Comunicado a la empresa el propósito de celebrar elecciones, esta dará traslado de la comunicación a los trabajadores que deban constituir la mesa, así como a los representantes de los trabajadores en el término de:
3. Para las elecciones de delegados de personal y miembros del comité de empresa podrán presentarse los trabajadores que avalen su candidatura con un número de firmas de electores de su mismo centro y colegio, en su caso, equivalente al menos a:
12. En el proceso electoral la mesa será la encargada de:
5. En la elección para delegados de personal, resultarán elegidos los que obtengan el mayor número de votos. En caso de empate, resultará elegido el trabajador: