Tengo una consulta que puede parecer algo básica, pero al haberme desvinculado del mundo de las oposiciones de justicia, ya no estoy tan seguro...
Respecto a los dos años de antigüedad requeridos para la promoción interna (PI), ¿cómo se computan exactamente? ¿Deben ser en servicio activo o también cuentan otras situaciones administrativas?
Según el Artículo 33 (Requisitos de participación):
- Para acceder a las pruebas de promoción interna, los funcionarios deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Poseer la titulación académica necesaria para el cuerpo o especialidad correspondiente.
- Acreditar al menos dos años de antigüedad como funcionario de carrera en el cuerpo de titulación inmediatamente inferior al que se aspira, considerando la fecha de finalización del plazo de inscripción.
- Cumplir los requisitos generales para el acceso al cuerpo y mantenerlos hasta la toma de posesión.
A efectos del cómputo de antigüedad, se tendrá en cuenta el tiempo acreditado en el cuerpo del que se pretende promocionar, incluyendo los cuerpos auxiliares o agentes de la Administración de Justicia, y otras escalas específicas según el caso.
Mi duda concreta es:
Si tomas posesión de una plaza y, en el mismo día, la dejas en excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público (EVPSSP) para continuar en tu plaza actual (por ejemplo, en otra administración), ¿empieza a computarse antigüedad en el cuerpo al que accediste, aunque nunca estés en servicio activo?
Ejemplo práctico:
- Eres funcionario C1 de la AGE en la Seguridad Social y apruebas una plaza de Tramitación Procesal en un lugar remoto.
- Como no te interesa esa plaza, tomas posesión y la dejas en EVPSSP ese mismo día.
- Tres años después, ¿tendrás tres años de antigüedad en el cuerpo de Tramitación Procesal, habilitándote para presentarte a la PI de Gestión, o tu antigüedad será cero y, por tanto, nunca podrías optar a una PI?
Otro aspecto sería evaluar las posibilidades reales de obtener plaza por PI en estas circunstancias, dado que se trata de un concurso-oposición, donde los méritos en el concurso pueden ser escasos.
¡Muchas gracias por la aclaración!